domingo, 8 de abril de 2018

Curso alimentación y nutrición para una vida saludable. ¿Qué hay en la etiqueta?


El objetivo de esta actividad es que conozcas algunas de las menciones obligatorias y opcionales del etiquetado de los alimentos aplicado a los distintos productos que se compran en el día a día.
Para ello, tienes que seleccionar un alimento de consumo habitual (por ejemplo: leche, galletas, cereales de desayuno, mantequilla, pan tostado o de molde, etc).
Este producto debe contener la siguiente información:
1.    Nombre del producto
2.    Lista de ingredientes
3.    Contenido neto
4.    Tabla nutricional
5.    Icono de las CDO (Cantidad Diaria Orientativa)




El etiquetado de alimentos es el principal medio de comunicación entre los productores de alimentos y los consumidores finales, constituyendo una herramienta clave para permitirles realizar elecciones informadas sobre los alimentos que compran y consumen.

Según el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, las menciones obligatorias para el etiquetado de alimentos son las siguientes:
  • La denominación de venta del producto.
  • La lista de ingredientes.
  • La cantidad de determinados ingredientes o categoría de ingredientes.
  • El grado alcohólico en las bebidas con una graduación superior en volumen al 1,2 %.
  • La cantidad neta, para productos envasados.
  • La fecha de duración mínima o la fecha de caducidad.
  • Las condiciones especiales de conservación y de utilización.
  • El modo de empleo, cuando su indicación sea necesaria para hacer un uso adecuado del producto alimenticio.
  • Identificación de la empresa: el nombre, la razón social o la denominación del fabricante o el envasador o de un vendedor establecido dentro de la Unión Europea y, en todo caso, su domicilio.
  • El lote.
  • El lugar de origen o procedencia, cuando el producto proceda de países terceros o procediendo de un país comunitario la no indicación pueda inducir a error al consumidor.
  • Las especialmente previstas para diversas categorías o tipos de productos alimenticios (se recogen en el anexo IV del Real Decreto 1334/1999).
Para el caso de la Directiva Europea 2000/13/CEE del 20 de marzo del 2000, relativa al etiquetado, la presentación y la publicidad de los productos alimenticios, las menciones obligatorias son las mismas.

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